Unidad 7 Tercera Parte

Elina Sánchez1,991 words

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tracto abreviado el tracto registral abreviado es una excepción a la inscripción previa de los documentos y modalidad del tracto sucesivo la palabra tracto en latín extractos es decir el espacio que media entre dos lugares o un lapso o curso de un espacio de tiempo esto no se rompe ni interrumpe el tracto sucesivo lo único que se evita es una previa inscripción una previa inscripción que en este caso sería inoficioso no será necesaria la previa inscripción o anotación a los efectos de la continuidad del tracto con respecto al documento que se otorgue en los siguientes casos cuando el documento se ha otorgado por los jueces los herederos declarados o sus representantes en cumplimiento de contratos u obligaciones contraídas en vida por el causante o su cónyuge sobre bienes registrados a su nombre ejemplo de esto sería cuando el causante suscribe un boleto de compra-venta y falles él o su cónyuge antes de entregar la escritura pública de compraventa en este caso se puede reclamar a los herederos para deben estar legitimados por una declaratoria de herederos cuando los herederos declarados o sus sucesores transmitieran o se dieran bienes hereditarios inscriptos a nombre del causante o de su cónyuge cuando el mismo sea consecuencia de los actos relativos a la partición de bienes hereditarios cuando se trate de instrumentación es que se otorgan en forma simultánea y se refiere a los negocios jurídicos que versan sobre el mismo inmueble aunque en las respectivas autorizaciones hayan intervenido distintos funcionarios en todos estos casos el documento deberá expresar la relación de los antecedentes del dominio o de los derechos motivos de la transmisión o adjudicación a partir del que figure inscrito en el registro circunstancia que se consignará en el folio respectivo la abreviación del tracto no afecta a la secuencia ordenada o ininterrumpida de los actos transmitidos ni sus reflejos registrar es un mecanismo especial de implementación registral dirigido a reducir el número de asientos o comprimir sin resentir la competividad tenido registrado principio de legalidad a qué se refiere este principio de legalidad este principio de legalidad es el que realiza el registrador a través de su actividad calificadora cuya finalidad es brindar la menor cantidad de inexactitudes registrales toda su oratoria de inscripción a un judicial debe ser calificada por el registrador el artículo 8 de la ley 17 801 nos dice que el registro examinará la legalidad de las formas eléctricas de los documentos cuya inscripción se solicita ateniéndose a lo que resultare de ellos y de los asientos respectivos documentos públicos notariales función del registrador el registrador califica el documento y controla en primer lugar si se observaron los principios procesales las formas específicas del documento en caso de observar una nulidad absoluta rechaza el documento y en caso de contener defectos subsanables devuelve el documentos para sus correspondía de correcciones respecto a los documentos judiciales los mismos no pueden ser objetos de calificación sino en determinados extremos el registrador no puede calificar el contenido de la resolución judicial que se desea inscribir si el juez dispone una inscripción el registrador no puede oponerse a ella no puede alcanzar el contenido y alcance de la sentencia registrador que debe controlar de un documento judicial puede examinar la posibilidad de inscripción por su competencia en razón de la materia por ejemplo si el juez van a inscribir un embargo sobre una unidad funcional número 2 en un edificio sometido a propiedad horizontal y el edificio sólo constar de 10 unidades cuáles serían las caracteres de esta actividad calificadora en primer lugar es la obligatoriedad es decir que el registrador debe calificar todos los documentos que ingresen al registro y sólo debe atenerse en caso de incompetencia del segundo carácter que observamos es la autonomía se desempeña con subordinación a la ley a fin de satisfacer su la publicidad y la seguridad del tráfico jurídico la tercera es la oportunidad el registrador se desempeña la oportunidad opera en cada caso que es debidamente jugado para la mutación de los asientos la limitación significa que el registrador califica el documento autor auténtico y la rogatoria correspondiente formulando las observaciones para lo cual debe ajustarse a las siguientes reglas básicas estar fundada en la ley no exceder los límites de su competencia específica responder a los fines de la publicidad registral y de ser susceptible de recurso ante el poder jurisdiccional la competividad del registrador debe informar al arrogante la totalidad de los defectos ostensibles de que adolezca el título que ha controlado que pasa ante el rechazo de los documentos el artículo 9 nos dice que si el documento fuere observado por el registrador el registro debe proceder de manera aquellos como dijimos que son que presentan o que están viciados de una nulidad absoluta y manifiesta deberá rechazar se si el defecto fuere subsanable devolverá el documento al solicitante dentro de los 30 días de presentado para que los rectifique sin perjuicio de ello lo inscribirá o anotara provisionalmente por el plazo de 180 días contado desde la fecha de presentación del documento prorrogable por periodos determinados a petición fundada el requirente si esto no estuviera de acuerdo con la observación formulada deberá solicitar al registro que rectifique la decisión esta solicitud implica una prórroga del plazo de la inscripción o anotación previsional si antes no se hubiera concedido cuando la decisión no fuese rectificada podrá promoverse el recurso de impugnación que correspondiere según la ley local durante cuyo sustanciación se mantendrá vigente la inscripción o anotación previsional la reglamentación local fijará los plazos máximos dentro de los cuales deben sustanciarse los secure las inscripciones y anotaciones previsionales caducan de pleno derecho cuando se advierten en definitiva su transcurso el plazo de las vírgenes respecto a los recursos y registrales fue lo que hacíamos mención anteriormente estos recursos se van a plantear cuando el arrogante es decir el solicitante la persona que quiere hacer una inscripción no se encuentra satisfecho con ya sea con las fechas o con la decisión que toma el rey y por eso decimos que efectuado el control el registrador puede que haga lugar a los fugados y efectúe el asiento correspondiente en el folio que se rechace la petición que se admite en forma previsional el interesado tendrá las siguientes opciones desistir de la inscripción cumplir con las observaciones formuladas o promover la revisión del procedimiento recursivo los recursos son o pueden promoverse ante las autoridades superiores del registro o ante los órganos de la administración pública de justicia la reglamentación local fijará los plazos máximos dentro de los cuales deben sustanciarse los mismos a continuación seguimos con el principio de su oración cuando nos referimos al principio de su oración estamos haciendo referencia a que registro no actúa de oficio sino que lo hace a petición de partes interesados de aquí que la actuación del registro siempre rehogada ya sea para lograr un asiento inicial o bien para registrar un cambio la 17 801 regula este principio en sus artículos 67 en el artículo 6 dice que variará la situación registral a petición de él autorizante del documento que pretende inscribir o anotar su reemplazante legal de quien tuviera interés en asegurar el derecho que se ha de registrar y cuando las leyes locales se asignarán esta tarea también podrá ser a petición de los funcionarios con atribuciones exclusivas la cual deberá formular la petición con su intervención cuáles son las excepciones al principio de relación ya dijimos que siempre la inscripción se va a dar a petición de uno pero este principio tiene las excepciones y cuáles son la hipoteca que caduca de pleno de derecho y sin necesidad de solicitud alguna al vencimiento del plazo legal de 35 años según lo establece el 22 días del código civil si antes no se renovar otra excepción que encontramos al principio es la antítesis que dice que se conservan 20 años para los inmuebles y 10 años para los muebles registrables los embargos y divisiones y las providencias cautelares caducan a los 5 años de pleno derecho y sin necesidad solicitud alguna a los cinco años de la toma de jackson salvo disposición el contrario las anotaciones previsionales observadas por el registro se inscriben provisoriamente ya lo dijimos pero reiteramos por el plazo de 180 días renovables contados a partir de la fecha de presentación del documento respecto a los documentos rechazados cuya presentación también se deja constancia por el término de 180 días expedición de certificados se cuenta desde la hora será el día de su expedición y será de ya lo dijimos también en otro de los principios pero de 15 25 30 días según se trate de documentos autorizados por escribanos o funcionario público con domicilio en la ciudad del asiento del registro en el interior de la provincia o fuera del ámbito de la provincia desistimiento de la vocación sólo puede desistir el arrogante no así el registro el cual una vez que ha instado el proceso y escritorio debe culminar con el mismo ya se ha sentido discordante y denegatorio del propósito de la arrogación el arrogante puede desistir de su pretensión registral mediante un acto en cuya virtud manifiesta su intención de no proseguir con el trámite de la inscripción este desistimiento es admisible sólo si el registro no se expidió con los alcances definitivos cuando el título ya se encuentra inscrito con definitivo dejarlo sin efecto importará un cambio mutación en la titularidad por lo que deberá procederse a una nueva inscripción el procedimiento de inscripción se puede interrumpir por mandato judicial sin consideración del interesado o en ausencia de expresión alguna a su voluntad rectificación de asiento esto lo encontramos regulado en el artículo 34 y 35 de la ley 17 801 cuando nos referimos a la rectificación de asientos es porque nos encontramos con que existe una inexactitud registral es decir un desacuerdo entre los registrados y la realidad extra registral lo que se da por un error u omisión en el documento inscripto por ejemplo cuando se consignan la escritura pública que el comprador es soltero cuando es casado se rectificará siempre que con la solicitud se acompañe un documento de igual naturaleza al que la motivo o una resolución judicial con los elementos necesarios a los efectos de la rectificación o en un error u omisión del registrador al vocal o en folio real se procederá a la rectificación teniendo la vista el documento que la origina cuál es la finalidad de la rectificación de los asientos la finalidad de la rectificación es restablecer la actitud del registro para desarrollar una publicidad formal eficiente cancelación de la inscripción y caducidad esto es un acto negativo por el cual se deja sin efecto la inscripción registral las inscripciones se cancelan a petición de parte o de pleno derecho a petición de parte por la presentación de la solicitud acompañada del documento en la equipo de la extinción del derecho registrado o por inscripción o transferencia de dominio realizado a favor de otra persona por confusión por sentencia judicial o disposición legal cuando surja de una escritura pública la cancelación debe tener el consentimiento del titular del derecho sus sucesores o representantes legítimos por ejemplo en el caso de un usufructo es suficiente la partida de defunción del usufructuario la cancelación puede ser total o parcial según surja de los respectivos documentos en los casos de caducidad son los casos que ya dijimos cuando hablamos respecto a las excepciones al principio de renovación acá en este caso la caducidad la observamos en la hipoteca con que caduca de pleno derecho a los 35 años si antes no se renovar también de la anticrisis que dijimos se conservan por 20 años para el inmueble y 10 años para los muebles y los embargos inhibiciones y providencias cautelares que caducan de pleno derecho a los cinco años siempre y cuando no se renovaría anteriormente

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